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En la Junta no se aprobó ningún canon, y tampoco existe un canon para ocupantes de vereda.

Lo que pidió Verón es un informe de a qué se refiere la Ordenanza de Tributos, que según él figura que hay un Canon para vendedores que ocupan la vereda a Gs. 3.000.

Él asumió que los informales pagan un canon, que es una “mentira” porque desde el 2015 no se cobra, y encima cuestionó de porqué es más caro el canon para los informales, porque los formales pagan Gs. 2.000.

Lo que se ve es una doble intención o mala interpretación, porque está desinformando de que existe un canon para ocupar la vereda.

Y les explico porqué, revisé el Artículo 326 y 328 de la Ordenanza de Tributos – Adj. imágenes.

– El artículo 326 menciona las categorías para el cobro de Canon que son A – B – C, en la C figuran “vendedores ambulantes ubicados en el Mercado Municipal” a Gs. 3.000, que no es lo mismo que vendedores que ocupan la vereda.

– El artículo 328 menciona que en caso de Ferias habilitadas por la Municipalidad hay un canon para vendedores informales a Gs. 3.000. Este canon no es para ocupación de la vereda, sino para Ferias temporales que se organicen. Ej. Feria de Reyes.

En resumen no está aprobado ningún cobro a vendedores que ocupan veredas.

Y el Concejal Veron debería responder de porqué intencionalmente quiere confundir a la ciudadanía?

No hace falta pedir informes, es muy clara la Ordenanza de Tributos.